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Lo que debes saber sobre facturacíon electrónica


2022-07-13

Lo que debes saber sobre facturacíon electrónica

El Proyecto de Ley de creación y crecimiento de empresas, de 17 de diciembre de 2021, promueve el uso generalizado de factura electrónica en las pymes y autónomos.

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¿Qué es una factura electrónica?

Una factura electrónica es un documento fiscal en formato digital. Es necesario indicar que la expedición de una factura electrónica está condicionada al consentimiento del destinatario.

¿Cómo puedes facturar?

  • Con un programa de facturación que cree facturas electrónicas;
  • Con la intermediación de un prestador de servicios de facturación electrónica;
  • Autofacturación - las facturas son creadas por el propio destinatario.

¿Cuáles son los principios de una factura electrónica?

Legibilidad

La legibilidad significa que la factura electrónica pueda ser leída.

Existen tres medios que confieren autenticidad y integridad:

  • Firma electrónica.
  • Intercambio electrónico de datos (EDI).
  • Medios validados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Autenticidad

Con el intercambio electrónico de datos (EDI - Eletronic Data Interchange), es posible garantizar la legibilidad de los datos y autenticidad del origen de la factura.

Integridad

Significa que el contenido de la factura no ha sido modificado. Una factura electrónica debe ser comunicada a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y obtener su validación.

¿Es necesario que cualquier factura electrónica esté firmada electrónicamente?

No es necesario. Sin embargo, la firma electrónica confiere la autenticidad y la integridad del documento. La factura electrónica tiene tres procedimientos específicos alternativos como por ejemplo con el intercambio electrónico de datos - EDI y medios validados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Pero existen empresas que tienen obligaciones específicas:

  • Servicios de comunicaciones electrónicas a consumidores;
  • Servicios financieros destinados a consumidores, que incluirán los servicios bancarios, de crédito o de pago, los servicios de inversión, las operaciones de seguros privados, los planes de pensiones y la actividad de mediación de seguros;
  • Servicios de suministro de agua a consumidores;
  • Servicios de suministro de gas al por menor;
  • Servicios de suministro eléctrico a consumidores finales.

Contratación realizada por medios electrónicos:

  • Servicios de agencia de viajes;
  • Servicios de transporte de viajeros por carretera, ferrocarril, por vía marítima, o por vía aérea;
  • Actividades de comercio al por menor.

¿Para comunicar una factura a una entidad no pública, debe contener firma electrónica?

No. Apenas se necesita de firma electrónica cuando se comunica un documento destinado a una entidad pública.

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